Hace poco me encontré con una amiga que se dedicaba al negocio de la pesca y estaba de nuevo en Madrid porque necesitaba reinventarse, ya que una sentencia del Tribunal Supremo iba a acabar con su negocio. Por suerte, no creo que le vaya para nada mal, porque cuando la vi me contó que estaba dándole vueltas a abrir una franquicia de ropa para niños del Grupo Reprepol, que es un éxito seguro por su relación calidad-precio y también porque todos sabemos que los padres no escatiman en equipar a sus hijos, pero es una pena que se haya tenido que ir al garete su negocio cuando tan bien le iba, y de eso quiero hablar hoy.
Pues bien, como os decía, ha salido una sentencia del Tribunal Supremo que incluye y cataloga como especies invasoras a la carpa, el lucio, el black bass, el arruí o la trucha arco iris, y prohíbe su posesión, comercio, tráfico y las actividades deportivas y empresariales relacionadas con estas especies, y dichas restricciones van a suponer una importante afección económica para muchos municipios rurales al restarles ingresos por el desarrollo de actividades turísticas de ocio y de recreo ligadas a estas especies, como le ha ocurrido a mi amiga.
De hecho, el daño económico puede ser tan grave que algunos grupos políticos ya han pedido al Ejecutivo que revise el catálogo de especies invasoras para que se garanticen las actividades deportivas y empresariales en casos como el de la carpa o el lucio. Así lo planteó por ejemplo el senador socialista por Murcia, Juan Luis Soto Burillo, en una moción que el PSOE presentó para su debate en la Comisión de Medio Ambiente. Los socialistas quieren además que el Gobierno agote todas las vías jurídicas para lograr el aplazamiento de la sentencia del Tribunal Supremo, por la que se regula y modifica el catálogo español de especies exóticas invasoras, y se incluyen como especies invasoras, como decíamos, a la carpa, el lucio, el black bass, el arruí o la trucha arco iris. Y también se pone coto a la posesión, el comercio, el tráfico y a las actividades deportivas y empresariales relacionadas con estas especies.
Así, si no se anula dicha sentencia, las disposiciones que admiten actividades deportivas y empresariales con las citadas especies, habrá una importante afección económica para muchos municipios rurales al restarles ingresos por el desarrollo de actividades turísticas de ocio y de recreo ligadas a estas especies.
En los pueblos ya son conscientes del peligro económico que este supone, por lo que han sido importantes y numerosas las movilizaciones sociales llevadas a cabo dentro de los sectores de la pesca y la caza, así como del sector empresarial asociado a dichas especies, como consecuencia de la incertidumbre e inseguridad jurídica generada por la sentencia.
Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad
Además, si analizamos bien el tema, convendría también que el Ejecutivo se pusiese manos a la obra en la modificación de la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad, para su adaptación al Reglamento del Parlamento Europeo sobre prevención y la gestión de la introducción y propaganda de especies exóticas invasoras, donde se recogen, en su artículo 9, excepciones por razones de índole económica y social.
Un ejemplo de una especie invasora que sin embargo reporta una gran cantidad de dinero, por lo que su eliminación supondría un perjuicio económico, son los eucaliptos en Galicia. Estos árboles se usaron para repoblar la comunidad autónoma y sin embargo, pese a no ser propios de la tierra, su rápido crecimiento ha conseguido que se haga un buen negocio alrededor de ellos, ya que su madera se vende bien para países especialmente de la zona de Suramérica, donde se usa para hacer muebles y suelos.